¿El matrimonio?
Según nuestra legislación colombiano se define el matrimonio como un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente. (Artículo 113 c.c)
Requisitos para contraer matrimonio (Decreto 2.668 De 1.988)
Cuando una persona no ha tenido matrimonios anteriores (soltero)
v Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Nacimiento de cada uno de los futuros Contrayentes, valido para acreditar parentesco y para contraer Matrimonio, expedidos con antelación no mayor de UN (1) MES a la fecha de presentación de la solicitud.
v Fotocopia de la cedula de ciudadanía de cada uno de los futuros Contrayentes.
v Si alguno de los futuros Contrayentes es menor de Dieciocho (18) anos de edad, deberá acompañar autorización de los padres debidamente autentica.
Cuando una persona ha tenido matrimonios (divorciada)
v Copia Autentica del Folio de Registro Civil de Nacimiento de cada de los futuros Contrayentes, válida para acreditar parentesco y para Matrimonio, expedidos con antelación no mayor de UN (1) MES a la fecha de presentación de la solicitud.
v Fotocopia de la cedula de ciudadanía de cada uno de los futuros Contrayentes.
v Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Matrimonio anterior con la nota de Divorcio a Copia Autentica del Folio del Registro Civil de Matrimonio anterior conjuntamente con el Registro de Defunción del cónyuge con quien estuvo unido en matrimonio anterior.
v Copia autentica del todo el expediente de nombramiento de CURADOR ESPECIAL, con la declaración del mismo, en el caso de existir hijos menores, del anterior matrimonio ya.
v Declaración juramentada de que los hijos del anterior matrimonio son mayores, basada en documento de idóneos, de que en el anterior matrimonio no quedaron hijos.
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